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El respeto a los derechos humanos constituye una parte medular del funcionamiento del nuevo sistema de justicia penal, pues está diseñado para preservarlos y promoverlos en todas las etapas del proceso judicial, garantizando su vigencia.
Todas las personas involucradas en un proceso sean víctimas, imputadas o testigos de delito tienen derecho a que se garantice su igualdad jurídica y que se respeten sus derechos como el acceso a la justicia, la reparación del daño, la presunción de inocencia, la intimidad y la privacidad, etc.
Todos los asuntos penales pueden llegar a la etapa de juicio oral, pero el nuevo sistema de justicia penal busca que la mayoría de los delitos no graves se resuelvan mediante el uso de mecanismos alternativos de solución de controversias. También existen salidas alternas al juicio cuando una persona reconoce que cometió un delito.
Los mecanismos alternativos permiten que las personas tengan acceso a la justicia de manera más rápida y reciban garantía de reparación del daño sufrido por la comisión del delito.
Para que puedan aplicarse los mecanismos alternativos:
Cuando las vías alternas no resuelven una controversia o conflicto o si la persona víctima y la persona imputada no lograron llegar a un acuerdo, el juicio oral es la ruta en la que un juez escuchará a todas las partes y resolverá conforme a derecho.
Es importante saber que resolver conforme a derecho en el nuevo sistema de justicia también significa juzgar con perspectiva de género, reconocer los sistemas normativos indígenas y atender circunstancias de vulnerabilidad que puedan vivir las personas involucradas.
La reparación integral del daño es un derecho que tienen las personas que han sido víctimas directas o indirectas de delito a que se les reintegre su derecho vulnerado y en la medida de lo posible, se le restituyan sus elementos vulnerados. El daño puede ser material (pérdida o afectación de patrimonio) o moral (afectación de sentimientos, reputación, vida privada).
La reparación del daño no sólo consiste en una indemnización monetaria o la reposición de un bien material sino también en medidas para la rehabilitación emocional, física y psicológica de la persona como terapias, disculpas públicas y la garantía de que no se repetirá el hecho victimizante.
Todas las audiencias (con algunas excepciones) son públicas y quienes asistan deben permanecer en silencio y no podrán alterar ni afectar el desarrollo de la misma. Tampoco podrán entrar con armas ni con instrumentos para grabar imágenes o sonido. En el Código Nacional de Procedimientos Penales, se determina que no se puede comunicar a personas ajenas al proceso información confidencial sobre las personas que participan en el proceso penal.
La Ley contempla un procedimiento especial llamado "justicia para adolescentes" cuando se trate de personas menores de dieciocho años que hayan realizado alguna conducta antisocial.
Los adolescentes deben acudir a la oficina del Ministerio Público para conocer cuál es el motivo por el que están vinculados con un hecho delictivo y tienen derecho a ser defendidos por un abogado especializado en justicia para adolescentes. Las autoridades deben avisar de inmediato a los padres o tutores y, en caso de que sea retenido, el adolescente debe ser colocado en un lugar distinto al de los adultos.
Quienes están para ayudarte tienen obligaciones
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